BLOG

Noticias de interés

Los 5 pilares de la pesca marítima en Andalucía

Pesca marítima


¿Te gusta la pesca marítima? ¿Quieres practicarla en Andalucía? 

Si es tu caso, no te pierdas este post donde hemos recopilado la información más relevante que debes conocer antes de lanzar tu caña al mar.

1. ¿Dónde puedo practicar la pesca marítima en Andalucía?

Podrás pescar a lo largo de toda la costa andaluza, salvo en:

  • Las Zonas Marítimas Protegidas, que son:
    • Las Reservas de Pesca.
    • Las Zonas de Arrecifes Artificiales.
    • Las que sean objeto de repoblación.
  • Zonas del litoral prohibidas, reservadas o acotadas.
  • Zonas de acuicultura.
  • Cualquier otra zona prohibida expresamente.

2. ¿Qué especies puedo pescar?

En Andalucía, las tallas mínimas de las especies que puedes pescar varían según el caladero en el que estés:


Además de contemplar las tallas mínimas que se aplican en cada caladero, tienes que tener en cuenta: 

  • Que existen épocas de vedacomo la de la corvina, desde el 1 abril al 30 de junio, en la reserva de pesca de la desembocadura del Guadalquivir.
  • Que hay prohibiciones, como la de la pesca de la anguila en el Guadalquivir, o la prohibición de pesca del pulpo.
  • Que no puedes pescar cefalópodos en aguas interiores, aunque la norma estatal lo permita.
  • Que tienes prohibido capturar especies de la División IX a)* en el caladero del golfo de Cádiz. En caso de captura accidental de estas especies, serán devueltas inmediatamente al mar.
  • Que debes tener autorización de la Delegación de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente, para pescar en aguas interiores especies sometidas a medidas especiales de protección.

Consulta en la siguiente tabla las especies afectadas por las División IX a) y por las medidas de especial protección:

* Del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (ICES) sometidas a Total Admisible de Capturas (TAC)) y cuotas por parte de la Unión Europea o de organismos o de organismos multilaterales, establecidas en los Reglamentos (CEE) núm. 2340/2002, de 16 de diciembre, y núm. 2341/2002, de 20 de diciembre, y en las modificaciones sucesivas que puedan introducirse en los mismos, reservadas para la flota.

Si quieres conocer más aún, consulta los siguientes enlaces:

3. ¿Qué modalidades de pesca existen?

Puedes escoger entre estas cuatro licencias:

  • Clase 1(pesca desde tierra): te autoriza para la pesca marítima de recreo, a pie en la costa. Válida por tres años.
  • Clase 2 (pesca desde embarcación): te autoriza para la pesca marítima de recreo desde embarcación. Válida por tres años.
  • Clase 3 (colectiva desde embarcación): te autoriza para la pesca marítima de recreo desde embarcación con más personas sin que podáis superar el número máximo de su capacidad. Válida por un año.
  • Clase 4 (pesca submarina a pulmón libre): te autoriza para la pesca marítima de recreo submarina, que se realiza a nado o buceando a pulmón libre, sin equipo para la respiración en inmersión. Válida por un año.

4. ¿Cómo puedo pescar?

  • Puedes usar 2 cañas y seis anzuelos por licencia.
  • Si utilizas señuelos artificiales, éstos te cuentan como un anzuelo.
  • Sólo puedes pescar 5 Kg al día, descontando el peso de una de las piezas capturadas.

5. Y por último, ¿qué documentación debo llevar para pescar?

Cuando practiques la pesca marítima de recreo en aguas interiores de Andalucía, tienes que llevar:

  • La licencia de la modalidad que vas a practicar.
  • Documento oficial de identidad (DNI).
  • En cuanto al seguro de responsabilidad civil:
    • Si pescas desde orilla, a nivel regional no lo necesitas, aunque te recomendamos que consultes si la normativa local lo exige.
    • Si pescas desde embarcación, su seguro tiene que estar vigente.
  • La documentación que se te exija según las circunstancias.
  • La autorización necesaria si vas a pescar especies sometidas a medidas especiales de protección.

¡Anímate a pescar en Andalucía! y consulta nuestro apartado de Licencias de Pesca Marítima.

Actualizado el 07 de junio de 2019.

Comparte esta Noticia:

20 Comentarios

  1. Gregorio - 08 - 07 - 2019 - 21:52
    Es una vergüenza que Andalucía sea la ÚNICA Comunidad Autónoma en la que no se permita la pesca de cefalópodos desde costa. Y cada vez que voy de pesca me encuentro botes repasando, calando o recogiendo trasmallos de forma olegal.

    • Administrador - 09 - 07 - 2019 - 11:01
      Ante todo agradecerte tu comentario. No obstante, si lo deseas, puedes realizar una sugerencia a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible (organismo competente en la materia) a través de este enlace: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/agriculturaganaderiapescaydesarrollosostenible/contacto.html

  2. José Carlos - 24 - 05 - 2019 - 09:49
    Que tipo de seguro debería llevar para pescar con kayak? Gracias

    • Administrador - 24 - 05 - 2019 - 14:12
      Estimado José Carlos, muchas gracias por comentar nuestro post. Respecto a tu pregunta, te aclaramos que no existe una normativa que obligue a tener un seguro para navegar o pescar con kayak en el mar, aunque podría ser recomendable tenerlo como prevención. Si estás interesado, consulta con alguna compañía de seguros para que te asesoren sobre los distintos tipos de seguro que te pueden ofrecer.

  3. Carlos - 26 - 04 - 2020 - 20:35
    Hola, a qué edad me podría sacar el carnet de pesca submarina en la provincia de Cádiz?, Tengo 17 años , no sé si es a los 16 o a los 18 , o si tus padres te pueden dar permiso y sacarlo sin tener que ser mayor de edad (menor de 18 años )

    • Administrador - 28 - 04 - 2020 - 19:11
      Buenas tardes Carlos, comentarte que la licencia de pesca submarina a pulmón libre en Andalucía solo puede expedirse a mayores de 18 años. Una vez cumplas los 18, comentarte que necesitarás un certificado médico oficial en el que se indiquen literalmente las siguientes frases: "Se expide para la práctica de la pesca submarina." "El reconocimiento médico ha sido realizado por profesional médico con título, especialidad o certificado de formación, relacionado con actividades subacuáticas." Durante el examen médico se deberán realizar las siguientes exploraciones: Otorrinológica (tímpano y oído). Bucodental (muelas y empastes). Cardio-respiratoria (Corazón). Esperamos que esta información te sea de utilidad. Un saludo

  4. Mindaugas Sliuzevicius - 10 - 06 - 2020 - 20:10
    Necesito algo especial en el parque natural Cabo de Gata?. Gracias

    • Administrador - 11 - 06 - 2020 - 08:13
      Dependiendo de la zona en la que quieras pescar o utilizar tu embarcación, pueden existir ciertas restricciones o prohibiciones, por lo que te aconsejamos que consultes el Plan de Ordenación de Recursos Naturales y Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, o contactes con la Oficina del Parque Natural llamando a los teléfonos: 950 10 03 94 - 600 14 17 96. Gracias por comentar.

  5. Rafa - 09 - 09 - 2020 - 23:26
    Hola, se puede pescar en cualquier epoca y horas del año? Y si no fuera así quien lo regula? (Ayuntamientos o Comunidad Autónoma) Muchas gracias.

    • Administrador - 11 - 09 - 2020 - 10:32
      Gracias por comentar Rafa. Debido a la situación actual provocada por las medidas sanitarias relativas al Covid 19, los ayuntamientos pueden regular horarios de pesca, por lo que te aconsejamos que te consultes con estos directamente.

  6. Chema - 24 - 09 - 2020 - 20:27
    ¿Existe algún sitio en el que consultar dónde se puede y dónde no se puede pescar? Dado el calibre de una posible multa esta información debería ser muy clara.

    • Administrador - 29 - 09 - 2020 - 11:17
      Hola Chema, gracias por comentar. Lamentablemente, no existe ningún documento o mapa en el que se recojan de forma íntegra los espacios en los que no se puede pescar. A nivel general, podemos indicarte que podrás pescar a lo largo de toda la costa andaluza, salvo en: • Las Zonas Marítimas Protegidas, que son: o Las Reservas de Pesca. o Las Zonas de Arrecifes Artificiales. o Las que sean objeto de repoblación. • Zonas del litoral prohibidas, reservadas o acotadas. • Zonas de acuicultura. • Cualquier otra zona prohibida expresamente. También se prohíbe para la pesca deportiva, en la Región IX a), del Golfo de Cádiz hasta Gibraltar, la captura de las siguientes especies por estar sometidas a la TAC (Total Admisible de Capturas): Anchoa, Gallos, Rape, Eglefino, Merlán, Merluza, Bacaladilla, Solla europea, Abadejo, Caballa, Lenguado y Jurel.

  7. Alejandro - 10 - 03 - 2021 - 12:08
    Buenos días. ¿Se puede pescar desde tierra con la licencia de clase 2?

    • Administrador - 11 - 03 - 2021 - 09:51
      Hola Alejandro, gracias por comentar. Lamentamos informarte que lo que consultas no es posible. Para pescar desde orilla o tierra es necesario obtener la licencia de clase 1.

  8. Manuel - 06 - 06 - 2021 - 09:57
    Buenas después de leer todo el post, solo me queda poder saber que pasa con los pescadores desde orilla y los posibles bañistas antes las sanciones y quien tendría prioridad . Gracias por vuestro trabajo.

    • Administrador - 07 - 06 - 2021 - 10:46
      Gracias por tu comentario Manuel. Indicarte que para conocer las temporadas, horarios y zonas en las que se puede pescar desde orilla, deberás dirigirte a la ordenanza municipal del ayuntamiento al que pertenece la playa en cuestión.

  9. MANUEL - 05 - 12 - 2021 - 08:58
    Buenos dias. Sobre las especies sometidas al tac. Entre ellas caballas y jurel . Entiendo que eso se revisa cada año o siempre están prohibidas y también su prohibición espara aguas exteriores como i interiores desde embarcación deportiva. Gracias.

    • Administrador - 15 - 12 - 2021 - 14:49
      Hola Manuel, gracias por tu comentario. Al respecto, te indicamos que sí está prohibida la pesca de caballa (Scomber scombrus) en aguas interiores del Golfo de Cádiz por estar sometida a TAC y Cuotas por la UE, según la normativa autonómica. Además en aguas exteriores del Cantábrico y Noroeste y Golfo de Cádiz, aunque aparezca como especie capturable en el Real Decreto 347/2011 que regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores, por estar regulada por una normativa específica, tal como se contempla en el articulo 4 del citado Decreto, debe seguir las regulación establecida para la pesca profesional, y como tal se le traslada a la Federación Andaluza de Pesca Deportiva, donde todo usuario pueda informarse del estado de esta especie. El estornino (Scomber japonicus) sí está permitida su pesca en aguas interiores y aguas exteriores, de la misma manera se ha de respetar la regulación establecida para la pesca profesional. No obstante, para más información, te aconsejamos que te dirijas a la Consejería competente en materia de pesca marítima.

  10. Tobia - 10 - 12 - 2021 - 17:45
    Pregunta! En los puertos hay alguna posibilidad de poder pescar o es totalmente prohibido? Gracias

    • Administrador - 13 - 12 - 2021 - 10:08
      Hola Tobia. Depende de cada puerto, la posibilidad de poder pescar. Para ello, de manera general, podrías contactar con Puertos del Estado, dependiente del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Oficina de Información: 915245500), o bien con la Autoridad Portuaria del puerto en el que te interese realizar esta actividad. Gracias por comentar. Saludos.

Deja un comentario