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¿Cumplo toda la normativa ambiental en mi taller?


Si tienes un taller, después de gestionar la documentación de industria, consumo o hacienda, puedes pensar que tienes todo bajo control, pero ¿y el medio ambiente?

Pues sí, la normativa ambiental también afecta a los talleres, y aunque parezca complicada, te mostramos lo fácil que es cumplirla con este breve chequeo dividido en cinco puntos: 

1. Calificación Ambiental:

Para obtener la licencia de apertura, tienes que tramitar la Calificación Ambiental en el ayuntamiento. No obstante, tu taller tiene de menos de 250 m² bastará con que realices una declaración responsable.

2. Residuos:

Para estar a punto en residuos, debes tener en cuenta lo siguiente:

  • Realizar la comunicación previa antes de empezar la actividad, si generas más de 500 kilogramos de residuos peligrosos al año.
  • Firmar un contrato de tratamiento de residuos con una empresa gestora.
  • Almacenar adecuadamente los residuos peligrosos durante 6 meses como máximo, pudiendo ampliar este periodo a un año, previa autorización.
  • Realizar un correcto tratamiento de los residuos a través de un gestor autorizado y conservar los documentos relacionados con las retiradas.
  • Presentar la Declaración Anual de Residuos Peligrosos telemáticamente, antes del 1 de marzo, indicando los residuos generados cada año, y conservando una copia durante al menos tres años.

3. Atmósfera:

Sólo si pintas carrocerías en tu taller de vehículos deberás:

  • Inscribirte como actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera.
  • Solicitar la autorización de emisiones a la atmósfera.
  • Si además emites compuestos orgánicos volátiles (COVs) por encima de los límites establecidos, también deberás notificar dichas emisiones.

En cuanto a los ruidos, dependiendo de las ordenanzas del municipio donde se ubiquen, podrán exigirte la realización de controles periódicos .

4. Suelos:

Si tienes un taller de mayor envergadura, deberás realizar:

  • El Informe preliminar de actividades potencialmente contaminantes.
  • El Informe de situación con la frecuencia que la Administración establezca.

5. Vertidos:

En el caso de realizar vertidos, será necesario que solicites:

  • Autorización de vertidos a la red de saneamiento, si viertes al alcantarillado municipal,
  • O autorización al Dominio Público, si viertes a ríos, embalses o al mar.

Y ahora que sabes la normativa que debes cumplir, ¿qué diagnóstico tiene tu taller?

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